Notaria Publica 124

Notaria Publica 124 VISIÓN:
Proporcionar un servicio con calidad, confiabilidad y eficiencia a la comunidad, siempre basados en la honestidad, seriedad y discreción.

En la Notaría Pública No. 124 nos hemos dado a la tarea de ofrecer a nuestros clientes la seguridad de obtener no solo el mejor servicio, sino también el más rápido, adecuado a sus necesidades particulares, y sobre todo que garantice la seguridad jurídica de quienes intervienen en los diversos actos jurídicos, mediante la asesoría jurídica brindada por nuestro equipo de profesionales. OBJETIVO
S

atisfacer las necesidades reales y jurídicas de nuestros clientes con un servicio altamente competitivo, que permita desarrollar una larga relación con nuestros clientes. INFRAESTRUCTURA DE PROCESOS

Sabemos que el tiempo de nuestros clientes es muy valioso, por tal motivo hemos buscado métodos para responder a sus necesidades en forma ágil; por lo que contamos con sistemas de cómputo que nos permite manipular información con mayor exactitud y rapidez. SERVICIOS
A fin de ofrecerle un panorama más claro de nuestros servicios, los hemos dividido en diversas áreas de: Corporativo, Particulares e Hipotecario. Reiteramos nuestro compromiso de dar seguridad jurídica y eficiencia en los procesos para cumplir con los niveles de calidad que se merecen nuestros clientes.

DOCUMENTOS PARA TRAMITES DE MERCADO ABIERTO INDIVIDUAL.DERECHOHABIENTE (TRABAJADOR) 	ACTA DE NACIMIENTO  	COPIA DE CURP....
17/12/2013

DOCUMENTOS PARA TRAMITES DE MERCADO ABIERTO INDIVIDUAL.

DERECHOHABIENTE (TRABAJADOR)
ACTA DE NACIMIENTO
COPIA DE CURP.
COPIA DE IFE
SOLICITUD DE CREDITO INFONAVIT
CONSTANCIA DE INFONAVIT
CONSTANCIA DE CURSO DE INFONAVIT
AVALUO DE LA PROPIEDAD
MANIFIESTO DE “SI O NO” PROPIEDAD
SI ES CASADO EL COMPRADOR: ANEXAR ACTA DE NACIMIENTO DE LA ESPOSA, COPIA DE CURP, IFE, Y ACTA DE MATRIMONIO.
LAS ACTAS DE NACIMEINTO TIENE QUE SER ORIGINAL DE LA PARTE COMPRADORA.

DOCUMENTOS DEL VENDEDOR:
ACTA DE NACIMIENTO
COPIA DE CURP
COPIA DE IFE
ESCRITURAS
LIBERACION DE ESCRITURAS
ULTIMO RECIBO DE AGUA PAGADO DE LA PROPIEDAD QUE SE VENDERA
3 ULTIMOS RECIBOS DE LUZ PAGADOS (PARA EXENTAR EL ISR)
PREDIAL PAGADO DEL AÑO EN CURSO
ESTADO DE CUENTA DONDE SE REALIZARA EL DEPOSITO DE INFONAVIT
SI ES TRASPASO (ANEXAR CARTA SALDO)
SI EL VENDEDOR ES CASADO ANEXAR: ACTA DE NACIMIENTO DE LA ESPOSA, COPIA DE CURP, IFE, Y ACTA DE MATRIMONIO.

03/12/2013

EL TESTAMENTO

ES UN ACTO PERSONALISMO, REVOCABLE, LIBRE Y SOLEMNE POR EL CUAL, UNA PERSONA CAPAZ DISPONE SUS BIENES Y DERECHOS, Y DECLARA O CUMPLE DEBERES PARA DESPUÉS DE SU MUERTE. ART. 770 CÓDIGO CIVIL.
HEREDAR MEDIANTE TESTAMENTO, ES UN PROCEDIMIENTO SENCILLO, RÁPIDO Y DE BAJO COSTO, DONDE USTED SE PERMITE DISTRIBUIR SUS BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES DESPUÉS DEL FALLECIMIENTO.
HACER TU TESTAMENTO EQUIVALE A VIVIR CON TRANQUILIDAD.

29/11/2013
29/11/2013

Mientras la mayoría de las ciudades del mundo enfrentan constantes problemas para deshacerse efectivamente de sus desechos, Noruega ve subexplotada su capacidad de reciclaje industrial a gran escala.

INFORMACIÓN Y FORMATO DE CARTA PODER EN MÉXICO :Artículos pertinentes del Código Civil Deputado Federal Romáriortículo 2...
27/11/2013

INFORMACIÓN Y FORMATO DE CARTA PODER EN MÉXICO :

Artículos pertinentes del Código Civil Deputado Federal Romáriortículo 2556.-

El mandato podrá otorgarse en escrito privado firmado ante dos testigos, sin
que sea necesaria la previa ratificación de las firmas, cuando el interés del negocio para el que se confiere no exceda de mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de otorgarse.

Sólo puede ser verbal el mandato cuando el interés del negocio no exceda de cincuenta veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de otorgarse.

Artículo 2551.-

El mandato escrito puede otorgarse:
I. En escritura pública;
II. En escrito privado, firmado por el otorgante y dos testigos y ratificadas las firmas ante
Notario Público, Juez de Primera Instancia, Jueces Menores o de Paz, o ante el
correspondiente funcionario o empleado administrativo, cuando el mandato se otorgue para
asuntos administrativos;
III. En carta poder sin ratificación de firmas.

Artículo 2555.-

El mandato debe otorgarse en escritura pública o en carta poder firmada ante
dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante notario, ante los jueces o
autoridades administrativas correspondientes:
I. Cuando sea general;
II.- Cuando el interés del negocio para el que se confiere sea superior al equivalente a mil
veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de otorgarse; o
III. Cuando en virtud de él haya de ejecutar el mandatario, a nombre del mandante, algún acto
que conforme a la ley debe constar en instrumento público.

Un poder notarial sirve para representar legalmente a otra persona o ser representado alguien más en casos de:compra - v...
25/11/2013

Un poder notarial sirve para representar legalmente a otra persona o ser representado alguien más en casos de:

compra - venta de propiedades,
registro de nacimiento de hijos en México,
juicio sucesorio,
apertura o cierre de cuentas bancarias, entro otros.

REQUISITOS:

Comparecencia de la persona que solicita el Poder Notarial (Poderdante).

1. Llenar la solicitud de Poder Notarial. Se recomienda solicitar a los abogados o representantes en México que le indiquen el tipo de poder que necesita otorgar. En caso de que se trate de un poder para venta, compra o escrituración de un bien inmueble, se sugiere entregar copia de la escritura en donde aparezca el domicilio exacto de la propiedad.

2. Presentar una Identificación Oficial Vigente y una copia. Solamente se aceptan como identificaciones válidas para este trámite las siguientes: pasaporte vigente (mexicano o extranjero), matrícula consular mexicana vigente, credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, licencia de conducir expedida por el Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV) e identificación del DMV (California Identification Card). Si el otorgante es mexicano, la identificación presentada deberá tener el nombre completo, con apellido paterno y materno. En el caso de extranjeros, el poder notarial se elaborará con el nombre tal y como aparezca en la identificación.

3. Si el poderdante va a otorgar un Poder General para Actos de Administración y/o de Dominio o un Poder Especial que se refiera a Administración y/o a disposición de bienes, y está casado bajo el régimen de separación de bienes se deberá presentar el acta de matrimonio original y una copia; si el poderdante va a otorgar un Poder General para Actos de Administración y/o de Dominio o un Poder Especial que se refiera a administración y/o a disposición de bienes, y está casado bajo el régimen de sociedad conyugal, se deberá presentar el acta de matrimonio original y copia, y una identificación oficial vigente del cónyuge y una copia. Si el cónyuge es mexicano, la identificación deberá tener su nombre completo, con apellido paterno y materno. Si el cónyuge es extranjero, su nombre se asentará en el poder tal y como aparezca en la identificación. Asimismo, el cónyuge tiene que firmar el poder otorgando su consentimiento.

4. Si el(la) Interesado(a) NO domina el idioma español, deberá estar acompañado de un intérprete (tiene que ser el mismo intérprete todo el tiempo que dure el trámite). El (la) intérprete llenar la solicitud para interprete y presentar una identificación oficial vigente y una copia y llenar. Lo mismo aplica para su cónyuge, en caso de que vaya a firmar otorgando su consentimiento para un Poder General para Actos de Administración y/o de Dominio o un Poder Especial que se refiera a administración y/o a disposición de bienes.


PROCEDIMIENTO:

El(la) interesado(a) debe presentarse en el Consulado a entregar su solicitud llena y documentos anexos en el siguiente horario: lunes a viernes 7:00 a 11:00 hrs. No es necesario hacer cita.

Ese mismo día se le dará una cita para revisar un borrador y efectuar el pago correspondiente al poder notarial. Una vez hecho el pago, deberá esperar en el Consulado aproximadamente de una a dos horas a fin realizar la firma final al documento. En caso de no asistir a su cita, el trámite se cancela automáticamente

Dos días hábiles después de haber firmado, el(la) interesado(a) deberá acudir al Consulado a recoger el poder notarial.



NOTAS ADICIONALES:

En situaciones excepcionales, se le podrá solicitar documentación complementaria para completar su trámite.
Todas las fotocopias que se presenten deben leerse claramente y en el caso de la identificación, la fotografía y la firma debe verse claramente. No olvide fotocopiar la parte de la identificación donde aparece la firma.

22/11/2013

¿Cómo elijo al Notario?

Es común que muchas personas acudan con un notario por la recomendación de algún familiar o amigo. Sin embargo, en caso de no conozcas a nadie, puedes acudir a la sede del Colegio Notarial de tu entidad, donde encontrarás la lista de los presidentes del Consejo, Colegios y Asociaciones de Notarios de las 32 entidades federativas, así como todos los servicios que ofrecen y las jornadas notariales para cada entidad: Para más información haz click aquí.

Ruiz Aguirre recomienda tener en orden la escritura de tu casa pues nunca se sabe cuando sea necesario venderla por alguna urgencia. Agrega que este trámite no es costoso. "Dependiendo del valor del avalúo, se puede tener derecho a reducciones en el pago de impuestos y derechos", explica.

¿Un notario me cobra por resolverme todas mis dudas?

No. La asesoría y consultoría que ofrecen los notarios es gratuita en todo el país. En el DF, por ejemplo, martes, miércoles y jueves por la tarde, a partir de las 4 pm, se ofrece consultoría gratuita en el Colegio de Notarios, ubicado en Río Tigris No. 63, en la Colonia Cuauhtémoc.

Cuánto cuesta

El concepto de gastos de escrituración puede ser ambiguo. Al hacer una operación de compra-venta hay dos pagos obligados:

Por un lado está el impuesto de adquisición de inmuebles, que en la Ciudad de México alcanza el 4.5% del valor de la vivienda, y por el otro, están los derechos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad, cuyo costo depende del valor de la vivienda. En DF por ejemplo, el rango más alto ronda los 13 mil pesos.

Buen Día Servicios Notaria 124:Compra VentaPromesa de Compra VentaContratos de CréditoDonaciónTestamentosAsambleas de So...
22/11/2013

Buen Día

Servicios Notaria 124:

Compra Venta
Promesa de Compra Venta
Contratos de Crédito
Donación
Testamentos
Asambleas de Sociedades
Constitutivas
Poderes
Sucesión Testamentaria
Fideicomisos
Adjudicación
Convenio Modificatorio
Capitulaciones Matrimoniales
Rectificación de Medidas
Subdivisión de Inmueble
Fusión de Inmuebles
Régimen en Condominio
Certificados Registrales
Notificación e Interpelación Notarial
Fe de Hechos
Certificación de Documentos
Ratificación de Firmas

07/11/2013

Buenos Días.

En la Notaria Publica 124 puedes hacer tus tramites.

-COMPRA VENTA
-TESTAMENTO GENERAL
-TESTAMENTO CON LEGADO
-INTESTADO
-TESTAMENTARIO
-PODER
-DONACIÓN
-CESIÓN
-HIPOTECA
-RÉGIMEN
-CANCELACIONES BANCARIAS
-FIDEICOMISOS
-REVERSIONES, EXTINCIONES Y TRANSMISIONES DE FIDEICOMISO
-ADJUDICACIONES

Nosotros te asesoramos.

05/11/2013

Buenos días,

¿Qué es el Testamento?

El testamento es el documento donde se plasma la decisión de una persona con respecto a su patrimonio, designado a las personas que lo recibirán en el momento de su muerte. Su finalidad básica es que el patrimonio perdure a pesar de que el dueño de éste muera.

En el testamento se puede reconocer a los hijos procreados y las deudas contraídas. A estas disposiciones se les denomina cláusulas irrevocables. Su característica es que una vez manifestadas en un testamento, prevalecen, aún cuando el autor de la herencia formule un nuevo testamento.
.. y tu ya tienes el tuyo?

04/11/2013

Buenos Días,

Necesitas una solución rápida, fácil y con validez Legal? Notaria Publica 124 te da la facilidad de realizar tus tramites.

04/11/2013

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Dirección

Padre Mier 1015 Zona Centro
Monterrey
64000

Horario de Apertura

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Viernes 8:30am - 6:30am

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